💊 Armenia evalúa eximir del etiquetado obligatorio a tratamientos del VIH y vacunas guardadas a -60 °C. Conoce los detalles de la ley.

El Gobierno propone eximir del etiquetado obligatorio a vacunas y medicamentos específicos

SoyArmenioArmeniaSalud10 hours ago

💊 Armenia evalúa eximir del etiquetado obligatorio a tratamientos del VIH y vacunas guardadas a -60 °C. Conoce los detalles de la ley.

🩺 ¡Nuevas normas de etiquetado en Armenia! El Gobierno propone eximir a medicamentos gratuitos, vacunas ultracongeladas y envases pequeños. 💊

El gobierno de Armenia presentó un nuevo proyecto de ley para ampliar la lista de productos y medicamentos exentos del etiquetado obligatorio. La propuesta busca ajustar las normativas de identificación según el peso, almacenamiento térmico y programas de salud.

El portal informativo Iravaban.net analizó el borrador enviado a consulta pública el 25 de julio de 2026. La iniciativa modifica la Resolución n.º 125-N aprobada por el Poder Ejecutivo el 6 de febrero de 2025.

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💊 Armenia evalúa eximir del etiquetado obligatorio a tratamientos del VIH y vacunas guardadas a -60 °C. Conoce los detalles de la ley.

Productos exentos por tamaño y condiciones térmicas

La enmienda aclara las exenciones para mercancías envasadas según los códigos de la Unión Aduanera. El Código Tributario de Armenia excluye del marcado a los artículos de consumo menor.

Quedan liberados los alimentos envasados de hasta 100 gramos o con desviación máxima del 10%. La medida abarca cosméticos y jabones con peso de hasta 2 gramos o volumen de 2 mililitros.

“Se propone establecer una exención de marcado también para estos productos”, señala el proyecto sobre las vacunas. Las dosis guardadas a -60 °C o menor temperatura presentan severos problemas técnicos para fijar las etiquetas.

Medicamentos de distribución estatal gratuita

La norma exime del etiquetado a los medicamentos de uso terapéutico o profiláctico adquiridos por el Ministerio de Salud. La exención aplica a tratamientos suministrados sin costo por el Centro Nacional de Enfermedades Infecciosas.

Los insumos no están sujetos a la venta comercial ni al uso para otros fines. La excepción contempla fármacos antirretrovirales, antituberculosos y antivirales de acción directa entregados centralizadamente.

También quedan liberados los antibacterianos y antifúngicos destinados a infecciones oportunistas del VIH. El Estado garantiza la distribución gratuita directa de estos insumos para los pacientes.

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