
El proceso penal contra el Catolic贸s Karekin II pas贸 al Tribunal de Casaci贸n. 馃く Un tercer juez rechaz贸 examinar el expediente por dudas sobre la jurisdicci贸n territorial del presunto delito
El juez Vahagn Melikyan, del Tribunal Penal de Jurisdicci贸n General de Erev谩n, remiti贸 la causa incoada contra el Catolic贸s de Todos los Armenios, Karekin II, y seis cl茅rigos de alto rango al Tribunal de Casaci贸n. La m谩xima instancia judicial deber谩 resolver la controversia sobre qu茅 贸rgano posee la jurisdicci贸n competente para tramitar el proceso penal.
El litigio ingres贸 originalmente el 27 de julio de 2026 al Tribunal de Primera Instancia de Armavir, donde recay贸 en el juez Hakob Manukyan. Sin embargo, el magistrado se recus贸 durante la audiencia inicial del 7 de agosto debido a su v铆nculo acad茅mico previo con el abogado defensor Ara Zohrabyan.
Posteriormente, la causa pas贸 al magistrado Serzh Rushanyan, quien el 28 de agosto rechaz贸 asumir la investigaci贸n preliminar por omisiones en la acusaci贸n. El juzgador argument贸 que la fiscal铆a no especific贸 el lugar geogr谩fico exacto donde la m谩xima autoridad eclesi谩stica cometi贸 el presunto delito.
Por consiguiente, el juez envi贸 el expediente a Erev谩n, sede del Comit茅 de Investigaci贸n del Estado que instruy贸 el proceso. No obstante, la defensa aleg贸 que Karekin II rubric贸 los decretos en su residencia oficial ubicada en Vagharshapat, dentro de la provincia de Armavir.

La causa penal surgi贸 a ra铆z de una disputa eclesi谩stica iniciada por el exrector de la di贸cesis de Masyatsotn, Arman Saroyan. El religioso demand贸 la nulidad de su remoci贸n, obteniendo el 16 de enero de 2026 una medida cautelar dictada por la justicia de Armavir.
De igual forma, el tribunal prohibi贸 a la Iglesia Apost贸lica Armenia interferir en las funciones administrativas y financieras de Arman Saroyan. Sin embargo, el Consejo Espiritual Supremo, bajo la presidencia del patriarca, consider贸 que sus declaraciones violaron los votos eclesi谩sticos de obediencia.
En consecuencia, el Catolic贸s dict贸 la deposici贸n del cl茅rigo, priv谩ndolo formalmente de su rango eclesi谩stico y del ejercicio de sus competencias. Seg煤n la fiscal铆a, esta decisi贸n vulner贸 de manera deliberada la medida cautelar que buscaba restituir al demandante en su cargo.
Seg煤n la informaci贸n facilitada por el Departamento Judicial a Hetq, el m谩ximo tribunal fijar谩 la competencia definitiva del juicio.






