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Piden impugnar prohibir la sindicalización de los militares, jueces y policías de Armenia

La defensora de los derechos humanos de Armenia, Kristinne Grigoryan, apeló ante el Tribunal Constitucional el martes, cuestionando la constitucionalidad de la prohibición de sindicalización y de la afiliación a organizaciones religiosas para los empleados de varias estructuras de seguridad, así como a jueces y militares.

Piden impugnar prohibir la sindicalización de los militares, jueces y policías de Armenia
Piden impugnar la constitucionalidad de la prohibición de sindicalización y afiliación religiosa para policías, jueces y militares de Armenia

Según el servicio de prensa del Defensor del Pueblo, se refirió a las leyes «Sobre el servicio en la policía», «Sobre los sindicatos», «Sobre el servicio en los órganos de seguridad nacional», «Sobre el servicio militar y el estatuto del personal militar», que prevén una prohibición absoluta de afiliación a sindicatos y organizaciones religiosas para policías, organismos de seguridad nacional, personal militar, fiscales, jueces y jueces de la Corte Constitucional.

Como informara SoyArmenio, el comunicado afirma, entre otras cosas, que la prohibición de afiliarse a sindicatos no se deriva de la naturaleza de este tipo de servicios y priva a los trabajadores de los medios más importantes de protección colectiva de sus derechos, lo que es contrario a la esencia misma de la libertad de asociación. 

Grigoryan también argumenta que el servicio de seguridad nacional y el servicio militar no son en sí mismos incompatibles con el derecho a unirse o formar una organización religiosa. Se hace notar que la Corte Constitucional, mediante su decisión del 18 de febrero de 2020, reconoció el artículo 39, Parte 1, Cláusula 7 de la Ley «Sobre el Servicio en la Policía» relativo a la prohibición de afiliación a una organización religiosa para los agentes de policía, en contravención a la Constitución y nulo.

Con base en la decisión anterior, así como en un análisis de las disposiciones de los documentos legales internacionales y las posiciones expresadas por los tribunales internacionales, la declaración establece que la disposición de estas normas ha llevado a una restricción desproporcionada de la libertad de religión y la libertad de participación en asociaciones. de las personas antes mencionadas. 

Con su pronunciamiento, el Defensor del Pueblo cuestiona la conformidad de dichas normas con los artículos 41, 45, 78, 79 de la Constitución armenia. 

Written by SoyArmenio

Mesa de noticias en español de la redacción de SoyArmenio.

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